De
acuerdo al Artículo 138 del Decreto 0019 - Ley Antitrámites, se
estableció que la Declaración Extrajuicio ya no será un documento
requerido por las
Cajas de Compensación al momento de afiliar a los trabajadores
colombianos. La determinación de dicho trámite beneficiará a los
usurarios quienes se evitarán realizar lagar filas optimizando tiempo y
dinero.
Según
indició José Alexis Lopez, gerente de Registro y Aportes de Comfenalco
Valle “en el caso de nuestra Caja de Compensación a los usuarios ya
no les exigiremos huella dactilar con tinta ni tampoco la declaración
extrajuicio, sólo bastará la afirmación que realice el usuario ante
nosotros la cual deberá ser hecha bajo la gravedad del juramento, de
acuerdo con formatos que defina el Ministerio de
Trabajo”.
El
funcionario también informó que “a partir del primero de julio no se
requiere certificado de supervivencia para la afiliación de padres
mayores de
60 años, sólo podrán ser beneficiarios del Subsidio Familiar en dinero
los padres que dependan económicamente del trabajador y no reciban
renta, salario o pensión”.
La
información suministrada por el afiliado será validada con las bases de
datos de la Registraduría Nacional, los Ministerios, Fondos de
Pensiones
y EPS. “Cabe recordar que si los padres son pensionados, deben ser
afiliados a la Caja de Compensación bajo la calidad de pensionados”,
adicionó Lopez.
Datos claves:
-
El Subsidio Familiar en dinero
es una prestación social que está dirigida a los trabajadores afiliados
a las Cajas de Compensación, cuya remuneración mensual fija o variable
no supere los cuatro salarios mínimos legales mensuales vigentes (Para
el año 2012 $2'266.800) y labore al menos 96 horas al mes (equivalentes a
12 días).
-
¿Qué es una Declaración Extrajuicio?:
Es la manifestación que hace una persona de forma libre
y espontánea, sobre algún hecho del cual da fé en razón de que le
consta o conoce personalmente, bajo la gravedad de juramento ante
notario público.
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